• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 629/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 605/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mercantil recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19, fundamentalmente el cierre de establecimiento. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BELEN MAQUEDA PEREZ DE ACEVEDO
  • Nº Recurso: 2109/2021
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas impugna el anuncio de licitación y pliegos del contrato de servicios para la redacción de la estrategia de seguridad vial para la Comunidad de Madrid, en el periodo 2021-2030, cuestionando que no sean incluidos los titulados en ingeniería técnica, al admitirse únicamente a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos ( o Master). En la sentencia se expresa que el pliego, dentro de la solvencia técnica o profesional, exige que en el Equipo Redactor, tanto el responsable de la ejecución del contrato que será el delegado del contratista, como el segundo responsable, que ambos sean Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos (o Master); en el primer caso además que contara con un Master en Seguridad Vial y en el segundo caso con título oficial de auditor se seguridad viaria expedido por el Ministerio de Fomento. En la sentencia se considera que la determinación de la solvencia técnica o profesional nos lleva al campo de la potestad de autoorganización administrativa, y a la especificidad del proyecto, por lo que la sentencia realiza un estudio de contraste entre los conocimientos de ambos títulos en conflicto, concluyendo, por la mera contrastación de los conocimientos que han de proporcionar los títulos examinados y en atención al contenido del proyecto de seguridad vial para la Comunidad de Madrid, que la titulación exigida es razonable, justificada y proporcional a la entidad y características del contrato.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 606/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la entidad recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 1027/2023
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No ha lugar al recurso interpuesto por el procedimiento especial de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales por la Asociación de Restauradores de Mallorca contra el Decreto 31/2021, de 24 de marzo, de la Presidenta del Gobierno de las Islas Baleares, mediante el que se establecen medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en todas las Islas Baleares, al amparo de la declaración del estado de alarma. El TS solo examina la vulneración del artículo 14 CE, quedando al margen lo relativo a los artículos 9.2 y 3, y 38 CE, que según la parte recurrente bajo las mismas circunstancias, permite la apertura de negocios de restauración en interiores, para hoteles, centros educativos o de formación y centros hospitalarios, pero por el contrario lo proscribe para los bares y restaurantes que operen al margen de esos sectores. La demanda no da un solo argumento que sustente la vulneración del principio de igualdad que derivaría de esa mayor limitación que se impone para los espacios de restauración.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 496/2022
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mercantil recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19, fundamentalmente el cierre de establecimiento. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 457/2022
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la entidad recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 2868/2023
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar (i) si un particular que ha sido parte en un convenio urbanístico en tanto propietario de suelo en el momento de su suscripción, puede instar su resolución una vez que ya no es propietario de suelo en el ámbito al que se refieren las estipulaciones de dicho convenio; y (ii) si el principio de subrogación legal en los derechos y obligaciones del nuevo titular respecto del anterior implica la pérdida de cualquier derecho dimanante de dicho convenio, especialmente el derecho a instar su resolución.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO ESPIN TEMPLADO
  • Nº Recurso: 898/2022
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019. Incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica. Retribución base. Modificación del coeficiente. Concesión a la empresa recurrente de la retribución base a la inversión para los años 2017, 2018 y 2019. La revisión de los factores a computar en el cálculo no se comprende en la previsión del art.32.4 del RD 1048/2013. La previsión reglamentaria de carácter general no deja sin objeto la previsión mucho más específica de inmutabilidad del inmovilizado base bruto ni puede resultar contraria a lo dispuesto a los mecanismos de revisión previstos en los artículos 106 y ss. de la Ley 39/2015. Imposibilidad del Ministerio de modificar la retribución al margen de los cauces fijados en el ordenamiento pese a la posibilidad de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de proponer al Ministerio la revisión de la retribución cuando, como consecuencia de su actividad inspectora detecta variaciones que influyan en la retribución reconocida a las empresas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 2001/2023
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar si es conforme a derecho la anulación de un período de alta en el RETA, y su consiguiente baja de oficio, por la existencia de fraude de ley, cuando consta un pronunciamiento de la jurisdicción social, respecto de la sanción anudada a ese período, que descarta esa conducta fraudulenta.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.